Irak aprueba la criminalización de la homosexualidad con penas de hasta 15 años de prisión
El Parlamento de Irak aprobó una serie de enmiendas a la ley contra la prostitución vigente en el país que criminalizan toda práctica homosexual y las cirugías de reasignación sexo con penas de hasta 15 años de cárcel.
Es noticia. El proyecto fue presentado en agosto de 2023 y transforma la llamada Ley para Combatir la Prostitución, promulgada en 1988, que ahora será conocida como la Ley para Combatir la Prostitución y la Homosexualidad.
- Con este nuevo decreto, cualquier persona que "participe en relaciones homosexuales consentidas" será condenada a una pena de cárcel "no menor de 10 años y no superior a los 15 años", y promover "de cualquier forma" la homosexualidad será un delito penado con siete años de cárcel y una multa que podría alcanzar los 10 mil euros.
- La nueva ley estipula que tanto el paciente como el cirujano que efectúe la operación serán condenados a entre uno y tres años de cárcel. Solo se contemplan como excepción "operaciones que reafirmen el sexo del individuo si presenta defectos de nacimiento", y siempre mediante orden judicial previa.
Irak aprueba la criminalización de la homosexualidad con penas de hasta 15 años de prisión
El Parlamento de Irak aprobó una serie de enmiendas a la ley contra la prostitución vigente en el país que criminalizan toda práctica homosexual y las cirugías de reasignación sexo con penas de hasta 15 años de cárcel.
Es noticia. El proyecto fue presentado en agosto de 2023 y transforma la llamada Ley para Combatir la Prostitución, promulgada en 1988, que ahora será conocida como la Ley para Combatir la Prostitución y la Homosexualidad.
- Con este nuevo decreto, cualquier persona que "participe en relaciones homosexuales consentidas" será condenada a una pena de cárcel "no menor de 10 años y no superior a los 15 años", y promover "de cualquier forma" la homosexualidad será un delito penado con siete años de cárcel y una multa que podría alcanzar los 10 mil euros.
- La nueva ley estipula que tanto el paciente como el cirujano que efectúe la operación serán condenados a entre uno y tres años de cárcel. Solo se contemplan como excepción "operaciones que reafirmen el sexo del individuo si presenta defectos de nacimiento", y siempre mediante orden judicial previa.